Ante el Registro Agrario Nacional
- Certificación de Ejidos de conformidad con lo que establece el artículo 56 de la Ley Agraria.
- Cambio de destino de tierras de uso común a parceladas.
- Obtención de Título de Propiedad derivado de la autorización de la adopción de dominio pleno.
- Tramitación para la expedición y entrega de constancias de inscripción y/o vigencias de derechos, inscripciones de asambleas.
- Procedimiento para la expedición de certificados parcelarios.
- Elaboración y Constitución de Sociedades y Asociaciones Ejidales Mercantiles y contratos de usufructo, aparcería, mediación y arrendamiento, entre otros.
- Procedimiento para la enajenación de Derechos Parcelarios, cesión de derechos e inscripción de la misma.
- Procedimiento para el reconocimiento por la Asamblea General de Ejidatarios de la calidad de Ejidatario, Posesionario o Avecindado.
- Regularización de Asentamientos irregulares en los núcleos agrarios.